Tipos disponibles de empresa – Capitulo 4 sp

National law – SP – The Spanish Legal System – chapter 4

Hay numerosos tipos de empresas disponibles para crear. El tipo más adecuado a la hora de decidirse a crear una empresa depende sobretodo de tres puntos.

Puntos que influencian los tipos de empresa

Responsabilidad

Una empresa puede tener responsabilidad limitada o ilimitada. La responsabilidad limitada implica que no se excede la inversión hecha en la empresa, lo que implica que incluso si la empresa entra en bancarrota o tiene deuda pendiente, el socio no tiene que dar más que lo que haya invertido (Investopedia). Sin embargo, en una empresa de responsabilidad ilimitada los dueños son igualmente responsables de la deuda sin importar el dinero invertido.

Número de socios

Dependiendo del tipo de empresa que se quiera crear, es necesario tener un número mínimo de socios: puede ir desde 0 a más de 3.

Capital Social

Algunos tipos de empresas requieren un capital social mínimo, mientras que otras no tienen un mínimo.

Tipos de empresa

Una vez entendidos los puntos principales que pueden influenciar la decisión del tipo de compañía a formar, es el momento de ver los tipos principales de empresa que se pueden encontrar en el sistema legal español (Ministerio de Economía, Industria y Competitividad):

Tipo de empresa Número de socios Capital Social Responsabilidad
Autónomo 1 No hay mínimo legal El socio se hace responsable con toda su propiedad
Emprendedor de Responsabilidad Limitada 1 No hay mínimo legal Ilimitada con excepciones
Comunidad de bienes/propiedad Como mínimo 2 No hay mínimo legal El socio se hace responsable con toda su propiedad
Sociedad Civil Como mínimo 2 No hay mínimo legal El socio se hace responsable con toda su propiedad
Sociedad Colectiva Como mínimo 2 No hay mínimo legal El socio se hace responsable con toda su propiedad
Sociedad Comanditaria Simple Como mínimo 2 No hay mínimo legal El socio se hace responsable con toda su propiedad
Sociedad de Responsabilidad Limitada (SRL) Como mínimo 1 Como mínimo 3.000 euros Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad Limitada de Formación Sucesiva Como mínimo 1 No hay mínimo legal Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad Limitada Nueva Empresa Como mínimo 1

máximo 5

Como mínimo 3.000, máximo 120.000 Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad Anónima Como mínimo 1 Como mínimo 60.000 euros Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad Comanditaria por acciones Como mínimo 2 Como mínimo 60.000 euros El socio se hace responsable con toda su propiedad
Sociedad de Responsabilidad Limitada Como mínimo 2 Como mínimo 3.000 euros Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad de Responsabilidad Limitada Laboral Como mínimo 2 Como mínimo 60.000 euros Limitada al capital aportado en la sociedad
Cooperativa Cooperativas 1er grado: Mínimo 3 – Cooperativas 2º grado: 2 cooperativas Como mínimo lo acordado en los estatutos Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad Cooperativa de Trabajo Asociado Como mínimo 3 Como mínimo lo acordado en los estatutos Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedades Profesionales Como mínimo 1 Depende de la forma social adoptada Limitada al capital aportado en la sociedad
Sociedad Agraria de Transformación Como mínimo 3 No hay mínimo legal El socio se hace responsable con toda su propiedad
Sociedad de Garantía Recíproca Como mínimo 150 socios participantes Como mínimo 10.000.000 euros Limitada al capital aportado en la sociedad
Entidades de Capital-Riesgo Como mínimo 3 miembros en el Consejo Administración Sociedades de Capital Riesgo: Mínimo 1.200.000 €. Fondos de Capital Riesgo: Mínimo 1.650.000 € Limitada al capital aportado en la sociedad
Agrupación de Interés Económico Como mínimo 2 No hay mínimo legal El socio se hace responsable con toda su propiedad
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