Hay una serie de obligaciones a llevar a cabo antes de la constitución y durante la actividad de la empresa.
Antes de comenzar la actividad, es necesario presentar un registro fiscal y un registro de Tasación de Actividades Económicas en la Tesorería.
Una vez comenzada la actividad, será necesario declarar el IVA, gravar el PIT, declarar las operaciones anuales con terceros, o cualquier otro requisito legal necesario concretamente al tipo de forma legal.
En cuanto a las obligaciones laborales, los autónomos tienen que registrarse en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social, mientras que las empresas se Registran en el Régimen General de la Seguridad Social. Las empresas deben registrar a sus empleados también. Además, están legalmente obligados a registrar a los trabajadores en un régimen de accidentes de trabajo, enfermedad laboral o en una aseguradora de accidentes laborales. (Mataró Empresa)
Hay una serie de obligaciones a llevar a cabo antes de la constitución y durante la actividad de la empresa.
Antes de comenzar la actividad, es necesario presentar un registro fiscal y un registro de Tasación de Actividades Económicas en la Tesorería.
Una vez comenzada la actividad, será necesario declarar el IVA, gravar el PIT, declarar las operaciones anuales con terceros, o cualquier otro requisito legal necesario concretamente al tipo de forma legal.
En cuanto a las obligaciones laborales, los autónomos tienen que registrarse en el Régimen de Autónomos de la Seguridad Social, mientras que las empresas se Registran en el Régimen General de la Seguridad Social. Las empresas deben registrar a sus empleados también. Además, están legalmente obligados a registrar a los trabajadores en un régimen de accidentes de trabajo, enfermedad laboral o en una aseguradora de accidentes laborales. (Mataró Empresa)