En caso de insolvencia por parte del empleador, los empleados que hayan trabajado un mínimo de 26 semanas continuas previas al evento tienen derecho a pago por parte del:
Fondo de Despido Colectivo
Fondo de Insolvencia
El Fondo de Insolvencia se creó bajo la Ley de Insolvencia de los Empleadores en 2001, Ley 25(I) 2001, para proteger los derechos de los empleados. Un empleado cuyo empleo haya terminado debido a la insolvencia de su empleador y que haya trabajado 26 semanas seguidas antes de ello tiene derecho al pago por parte del Fondo de Insolvencia de 13 semanas de impago durante las 78 semanas previas a la insolvencia. Un empleado tiene también derecho a un pago pro rata del 13º o 14º salario de las últimas 13 semanas de empleo (cuando sea aplicable).
El pago hecho por el Fondo de Despido Colectivo es el mismo en caso de despido colectivo.
Fondo de Garantía del Estado
El Fondo de Insolvencia está establecido para proteger los derechos de los empleados en caso de insolvencia del empleador (punto anterior).
En caso de insolvencia por parte del empleador, los empleados que hayan trabajado un mínimo de 26 semanas continuas previas al evento tienen derecho a pago por parte del:
El Fondo de Insolvencia se creó bajo la Ley de Insolvencia de los Empleadores en 2001, Ley 25(I) 2001, para proteger los derechos de los empleados. Un empleado cuyo empleo haya terminado debido a la insolvencia de su empleador y que haya trabajado 26 semanas seguidas antes de ello tiene derecho al pago por parte del Fondo de Insolvencia de 13 semanas de impago durante las 78 semanas previas a la insolvencia. Un empleado tiene también derecho a un pago pro rata del 13º o 14º salario de las últimas 13 semanas de empleo (cuando sea aplicable).
El pago hecho por el Fondo de Despido Colectivo es el mismo en caso de despido colectivo.
Fondo de Garantía del Estado
El Fondo de Insolvencia está establecido para proteger los derechos de los empleados en caso de insolvencia del empleador (punto anterior).