Contrato laboral escrito – Capitulo 3 cy

National law – CY – Legal system – chapter 3

Bajo el sistema legal chipriota, no es necesario un contrato laboral escrito. Sin embargo, en virtud de la ley 100(I) 2000, los empleadores tienen la obligación legal de informar a los potenciales empleados de la información específica relacionada con su empleo. Algunas de esas obligaciones son las siguientes[1]:

  • Todos los pagos (salario, bonos, etc.) que el empleado tenga derecho a recibir y el tiempo acordado de recepción.
  • Derecho a vacaciones anuales
  • Periodos de notificación
  • Aplicación de acuerdos colectivos
  • Fecha de comienzo del contrato y duración en caso de que sea un periodo fijo
  • Identidad de las partes
  • Lugar de trabajo y dirección registrada del negocio
  • Posición para la especialización del empleado
  • Duración usual del empleo diario o semanal

Los contratos de empleo pueden estar en cualquier idioma mientras las dos partes lo entiendan. Si el contrato está escrito en un idioma no entendido por el empleado, el empleador debe explicar los términos para que el empleado los entienda.

Términos implícitos

Los términos implícitos son las palabras y visiones que una corte ve o asume que estaban incluidos en el contrato de empleo. Estos términos se encuentran en los contratos de empleo y están implícitos tanto por derecho común como estatutario. Incluyen los derechos y obligaciones del empleado y empleador.

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