Información sensible dentro de la información personal – Capitulo 6 sp
National law – SP – The Spanish Legal System – chapter 6
La información sensible es parte de la información personal, puede mostrar información concreta de la persona, como su: raza, origen étnico, opiniones políticas, religiosas, convicciones morales, afiliación sindical, información relacionada con su salud… en general, la información sensible engloba cualquier información capaz de reproducir, tanto por su naturaleza o contexto, cualquier tipo de discriminación hacia su persona.
La información sensible está protegida bajo el artículo 7, y nadie puede ser obligado a dar este tipo de información a otros. En caso de que se quiera conseguir información sobre datos sensibles, es obligatorio dejar saber a la persona y conseguir su consentimiento escrito.
En caso de afiliación sindical, ideología, religión o creencias, la excepción viene en la información de asociados, afiliados o miembros que dan esa información a las comunidades para fines concretos, siempre y cuando el consentimiento esté dado.
La información relacionada con la raza, la salud y la vida sexual solo se puede recopilar si una ley lo establece o existe un consentimiento expreso.
Está prohibido tener un archivo almacenado de información confidencial con la única excusa de almacenar información.
Sin embargo, el personal sanitario puede utilizar datos confidenciales, siempre que el uso esté relacionado con la prevención o el diagnóstico médico de la persona. Sin embargo, debe hacerse bajo secreto profesional. (Boletín Oficial del Estado 2011)
La información sensible es parte de la información personal, puede mostrar información concreta de la persona, como su: raza, origen étnico, opiniones políticas, religiosas, convicciones morales, afiliación sindical, información relacionada con su salud… en general, la información sensible engloba cualquier información capaz de reproducir, tanto por su naturaleza o contexto, cualquier tipo de discriminación hacia su persona.
La información sensible está protegida bajo el artículo 7, y nadie puede ser obligado a dar este tipo de información a otros. En caso de que se quiera conseguir información sobre datos sensibles, es obligatorio dejar saber a la persona y conseguir su consentimiento escrito.
En caso de afiliación sindical, ideología, religión o creencias, la excepción viene en la información de asociados, afiliados o miembros que dan esa información a las comunidades para fines concretos, siempre y cuando el consentimiento esté dado.
La información relacionada con la raza, la salud y la vida sexual solo se puede recopilar si una ley lo establece o existe un consentimiento expreso.
Está prohibido tener un archivo almacenado de información confidencial con la única excusa de almacenar información.
Sin embargo, el personal sanitario puede utilizar datos confidenciales, siempre que el uso esté relacionado con la prevención o el diagnóstico médico de la persona. Sin embargo, debe hacerse bajo secreto profesional. (Boletín Oficial del Estado 2011)